¿Cómo se puede adoptar? Adopción en España y fuera de las fronteras

Adopcion en Espana
➡️ Tabla de contenido
  1. Adopción nacional e internacional
    1. ¿Quiénes tienen la posibilidad de adoptar en España?
    2. Trámites para la adopción en España
    3. Trámites para la adopción internacional

Adopción nacional e internacional

Mucha gente se expone o quiere adoptar a un niño/a (o varios) por muchas causas, primordialmente porque no pudieron tener hijos biológicos o por ser personas muy concienciadas con la circunstancia de los jovenes. Es un acto muy admirable y que hay que asumir con total compromiso, debido a que es imposible deshacer.

Si busca adoptar, estos son los trámites y cuestiones recurrentes para la adopción en España o fuera.

¿Quiénes tienen la posibilidad de adoptar en España?

  • Se tendrá que tener por lo menos 25 años. Si es una pareja la que adopta, por lo menos uno de los dos debe tener esta edad.
  • La persona que adopte, tendrá que tener por lo menos 14 años más que el adoptado.
  • En España, no debe tener una distingue de edad mayor a 40 años con el adoptado.
  • Se tienen que reunir unas propiedades psicológicas y económicas primordiales.
  • Si es una pareja la que adopta, tienen que haber convivido al menos 2 años.
  • En algunas comunidades autónomas puede ser primordial vivir en la misma zona donde se pide la adopción.
  • Las parejas de hecho teóricamente tienen derecho a adoptar además. Lo que pasa es que tienen más inconvenientes administrativos para llenar la adopción.
  • Las parejas gays sí tienen la posibilidad de adoptar en España, pero únicamente las parejas casadas.

Trámites para la adopción en España

Antes que nada, tendrán dirigirse a los Servicios de Custodia de Inferiores de su red social autónoma y pedir el certificado de idoneidad, un archivo que acredita que la persona/as reúnen todas las habilidades que son primordiales para adoptar debido a que tienen que tener la garantía de la custodia del menor y el respeto a sus derechos.

Por consiguiente se necesitará:

  • Certificado de penales
  • Certificado médico
  • Certificado de capital baratos
  • Certificado de matrimonio (si es preciso)

Además va a empezar un desarrollo de entrevistas y visitas para comprender la vivienda donde vivirá el adoptado. A partir actualmente en que el juez dicta la resolución, el vínculo entre el adoptante o adoptantes y el adoptado, como padre/s e hijo, va a ser irrevocable.

El desarrollo finalizará en el Registro civil, donde se inscribirá la adopción y se le cambiarán los apellidos al hijo adoptivo.

Trámites para la adopción internacional

Si se va a seguir con la adopción de un niño/a de otro país, los adoptantes tendrán enseñar una aprobación frente un Servicio de Custodia de Inferiores o servicios concreto de adopción de su Red social Autónoma.

La gestión comprobará si es viable la adopción en el país elegido, ya que si el país está en guerra o circunstancia de desastre natural (u otro problema) posiblemente no sea viable desarrollar el trámite. El lugar de nacimiento tendrá que dictar una resolución, comunmente de carácter judicial, aprobando la adopción.

Cuando se apruebe la adopción, deberemos dirigirnos al Consulado español (en el lugar de nacimiento del niño) para pedir la inscripción en el Registro Civil Consular. Además puede solicitarse que se expidan visados de reagrupación familiar, que habilitan para vivir en España por un lapso mayor a 90 días. El cónsul tendrá que corroborar que se cumplen los requisitos necesarios para la adopción.

En España, los jovenes más adoptados son de Rusia, China, Etiopía, Filipinas y Vietnam.

Algunas agencias de adopción en todo el mundo en España son:

AAIM, AASF, ABRA, ACI, ADAI, ADECOP, ADIB, ADOIN, ADOPTA ADOS, AIPAME, AJUDA’M, AKUNA INTERNACIONAL, AMIGOS DEL NEPAL, AMOFREM, ANDAI…

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